26/7/10

Aieri, Ondarroa, recurso de reposición

El abajo firmante D. IÑAKI GARCIA ARAMBARRI , mayor de edad, con DNI nº 72311238-C, en representación de Ezker Batua-Berdeak, con el debido respeto y como mejor proceda en derecho, en referencia a la adjudicación del Proyecto denominado Acondicionamiento del Paseo Peatonal Existente entre Zaldupe y Aieri, en el municipio de Ondarroa (Bizkaia), nº de expediente 0/495 2010-7. Ante él incoamos

RECURSO DE REPOSICIÓN

Ante el Organo Adjudicatario correspondiente, Presidente de la Gestora Municipal, Junta de Gobierno Municipal o Pleno Municipal, pues la obligatoriedad de que aparezca el órgano ejecutor no se cumple en la publicación que da cuenta del mismo en la página web del Ayuntamiento de Ondarroa.

1- Por haber adjudicado las obras el 26 de Mayo del 2010, sin el preceptivo informe favorable de la Delegación de Costas del País Vasco, pues el plazo de alegaciones de este último estamento terminaba al día siguiente de la adjudicación ( el 27 de mayo del 2010 ).

2- Las modificaciones llevadas a cabo en el proyecto por los condicionantes impuestos desde distintos departamentos, según aparecen en la respuesta recibida desde la Agencia Vasca del Agua URA hacen a nuestra opinión que éste deba ser expuesto a un nuevo período de exposición pública.

3- Las modificaciones propuestas hacen que el camino supere el porcentaje admisible por la Ley de Accesibilidad.

4- Teniendo en cuenta que este camino afecta al LIC del Artibai en la zona clasificada como marisma en el PTS de Zonas Húmedas, en una zona no urbanizable y que además supera los 2.000 metros de superficie está incluida en los preceptos que necesitan un Estudio de Impacto Ambiental a no ser que se acomoden a lo indicado en las Normas Subsidiarias en vigor ( Ley 3/1998 de Protección del Medio Ambiente ).

5- El PTS de Zonas Húmedas, prohíbe de manera expresa los paseos peatonales en la zona en la que se encuentra delimitada, en nuestro caso en el tramo final del camino.
“La construcción de paseos marítimos: paseos URBANOS peatonales vinculados a la ribera del mar” estarán prohibidos en la zona húmeda costera de Aieri.

Además de los motivos anteriormente expuestos, nos ratificamos en las alegaciones presentadas a los diferentes expedientes en tramitación precedentes a este proceso de adjudicación de la obra, considerándolos suficientes para desechar el proyecto en cuestión.

En la tramitación del proyecto no se han considerado las afecciones a diferentes Planes Territoriales ni los informes vinculantes de diferentes Departamentos: Costas, Carreteras, PTS de Zonas Húmedas, PTS de Ríos y Riberas…

En el Decreto de Alcaldía se indica que éste recibirá la Aprobación Definitiva después de superar los 20 días de exposición Pública, aún sin cumplimentar todas estas obligaciones.

Mas grave, es el caso de haber desistido del cumplimiento de lo ordenado en la Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental realizado por el Departamento de Medio Ambiente en la Reordenación de la Zona de Equipamientos de Zaldupe, realizado mediante Modificación Puntual de las NNSS, aprobado definitivamente Decreto Foral 2845/2007 del 15 de noviembre, mediante el desarrollo de este Proyecto de obra.

Todo ello sin haber recibido ningún informe técnico con medidas correctoras y protectoras, ni haberse planteado un programa de seguimiento a modo del ejecutado por el Expediente del Departamento de Transportes y Vivienda, mediante Decreto Foral 525/2007 del 4 de diciembre, de Reordenamiento de la Zona de Equipamiento de Zaldupe, de Ondarroa y Berriatua, mediante modificación de las NNSS, BOB 280/2005-P05-A-EIA

El camino peatonal que se quiere desarrollar entre Zaldupe y Aieri, aparece tanto en los planos de las NNSS de Ondarroa, como en el Modificado para el desarrollo de la Zona Equipacional de Zalbide, como propuesta de camino peatonal del Sistema General, lo que desde la Ley 2/2006 en su artículo 54, punto 1 y 2.d vienen a decir:

Artículo 54.– Red dotacional de sistemas generales.
1.– Constituyen la red de sistemas generales el conjunto de elementos dotacionales integrantes de la ordenación estructural establecida por el planeamiento general, y en particular, los espacios libres, los equipamientos colectivos públicos, los equipamientos colectivos
privados y las infraestructuras y redes de comunicación, cuya funcionalidad y servicio abarcan más de un ámbito de planeamiento.
2 ( …)
d) Vías públicas, peatonales y de circulación rodada, que conecten y comuniquen entre sí todos los elementos de la red de dotaciones garantizando su funcionamiento como una única red.
Por todo ello, si se quiere tramitar el camino peatonal entre Zaldupe y Aieri como obra pública ordinaria o como obra dotacional pública, se tendrá que limitar a lo que indican las NNSS como elementos del Sistema General, entre otros en lo referente a su trazado.
De hecho lo que plantea el proyecto de urbanización EL ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO PEATONAL ENTRE ZALBIDE Y AIERI es el cambio de lo que indican las NNSS en vigor de Ondarroa, propone la modificación de la red dotacional de sistemas generales al no adaptarse al trazado que aparece en los planos de la zona de Aieri.
Pues desde la aprobación del PTS de Zonas Húmedas no puede realizarse el puente que uniría la zona de Aieri con el barrio de Kamiñazpi como aparece en las NNSS, ni tampoco se puede desarrollar la rotonda pues ésta se situaría en la mitad de la zona húmeda clasificada como LIC.
Así, al desviarse el camino peatonal hacia la nueva rotonda de entrada desde la variante, éste pasa de atravesar suelo urbano a pasar por suelo no urbanizable, y tambien afectando a suelos clasificados en el PTS de Zonas Húmedas, PTS de Ríos y Riberas, DPMT de Costas, Zona de Servidumbre de Carreteras…
Estos hechos son de sobra conocidos por los dirigentes municipales pues acaban de aprobar el Plan Especial de Aieri así como su Proyecto de Urbanización, habiendo hecho todo lo posible durante su desarrollo para evitar este asunto.
Son denunciables todos los trámites paralegales llevados en este sentido para hacer viable una operación urbanística especulativa en la zona de Aieri, al carecer esta zona de todos los condicionantes que hacen clasificar un terreno como Urbano (agua potable, electricidad, telecomunicaciones… ) e incumpliendo los condicionantes impuestos al Plan Especial de Aieri por el Departamento de Medio Ambiente ( provocar los mínimos perjuicios a la zona húmeda marismeña y un vial de comunicación digno tanto para bicis como para viandantes por el margen izquierdo de la ría).
Del mismo modo es reprochable la inexistencia de medida alguna para a protección del Visón europeo ( Mustela lutreola ), ni durante el período de ejecución de las obras ni cuando este se ha concluido.
Al ser el Visón europeo una especie en peligro de extinción, con presencia en el LIC del Artibai, con Plan de Gestión en vigor aprobado el 19 de junio del 2006 mediante Decreto Foral 118/2006, es obligatorio el cumplimiento de las medidas protectoras que aparecen en el mismo.
Una de esas medidas es precisamente el evitar molestias durante su período reproductor y son precisamente en esta época las fechas propuestas para la ejecución del proyecto.
El proyecto tampoco contempla el adecuar los necesarios pasos que necesita para circular entre los diferentes cursos fluviales que son su hábitat, siendo aconsejable el amejoramiento de los que se encuentran degradados y la adecuación de nuevos corredores en zonas en los que se han perdido por anteriores actuaciones.
Una de las causas de muerte más habituales del Visón europeo son los atropellos, y precisamente en marzo del 2010 apareció uno aplastado al lado del paso inferior de la variante en la zona de Aieri y la urbanización propuesta en la zona no haría más que agravar la problemática en este sentido.
Por último decir que un Proyecto de Urbanización no es una herramienta adecuada para modificar las NNSS y como dice el art. 104 de la Ley 2/2006 del Suelo y Urbanismo de la CAPV, y eso es lo que se pretende hacer con el Proyecto de Acondicionamiento del paseo peatonal ente Zalbide y Aieri.
En consecuencia, teniendo en cuenta todo lo anterior y según el art. 62 de la Ley 30/92 son Nulos de Pleno Derecho tanto el Decreto de adjudicación de la obra al que efectuamos esta alegación como el Proyecto de Urbanización del Acondicionamiento del paseo peatonal entre Zalbide y Aieri recogido en el Decreto del Presidente de la Gestora Municipal del 28 de enero del 2010 (recogido el 12 de marzo).
Esperando sean consideradas nuestras alegaciones, se despide atentamente: IÑAKI GARCIA ARAMBARRI, Ondarroa a 26 de julio del 2010.

5/7/10

Tercera Sentencia que anula los proyectos urbanísticos de Munto

Tercera Sentencia que anula los proyectos urbanísticos de Munto. Anteriormente anuladas las Normas Subsidiarias y Plan Parcial.

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO N° 1 DE DONOSTIA – SAN SEBASTIAN(e)ko ADMINISTRAZIOAREKIKO AUZIETAKO 1 ZK.KO EPAITEGIA
ACTUACION RECURRIDA I ERREKURR/TUTAKO JARDUNA: DECRETO ALCALDIA AYUNTAMIENTO ORlO 604/08 QUE APRUEBA DEFINITIVAMENTE EL PROYECTO REPARCELACION SECTOR 8 "MUNTO" DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE ORlO.

S E N T E N C I A N° 222/10

En DONOSTIA - SAN SEBASTIAN, a veinticuatro de junio de dos mil diez.
El/La Sr/a. D/ña. BORJA LLONA GARCIA, MAGISTRADO del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de DONOSTIA - SAN SEBASTIAN ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo registrado con el número 93/2009 y seguido por el procedimiento ordinario, en el que se impugna:
DECRETO DE ALCALDIA DEL AYUNTAMIENTO ORIO N° 604/08 QUE APRUEBA DEFINITIVAMENTE EL PROYECTO REPARCELACION SECTOR 8 "MUNTO" DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE ORlO.
Son partes en dicho recurso: como recurrente IÑAKI GARCIA ARAMBARRI, representado por el/la Procurador ANA ARRIZABALAGA LERCHUNDI y dirigido por el/la Letrado; como demandada AYUNTAMIENTO DE ORlO - ORIOKO UDALA y JUNTA DE CONCERTACION DE LA UNIDAD DE EJECUCION DEL SECTOR 8 MUNTO DE ORlO,
representado por el/la Procurador FERNANDO MENDAVIA GONZALEZ y PEDRO MARIA ARRAIZA SAGUES y dirigido por el/la Letrado.
1. ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 11 de enero de 2.009 interpuso el recurrente recurso contencioso administrativo frente a la resolución impugnada.
SEGUNDO.- Mediante escrito de 18 de mayo de 2.009 se formuló demanda por el actor.
TERCERO.- Con fecha 17 de junio de 2.009 se formuló contestación a la demanda por
la Administración demandada, solicitando la desestimación del recurso y la confirmación del acto administrativo impugnado.
La Junta de Concertación demandada formuló contestación a la demanda mediante
escrito de 23 de julio de 2.009, solicitando, igualmente, la desestimación del recurso y la confirmación del acto administrativo impugnado.
CUARTO.- Por auto de 30 de julio de 2.009 se señaló la cuantía del recurso como
indeterminada, emplazándose a las partes para proponer prueba, proponiéndose aquella prueba documental que obra en los ramos de prueba.
QUINTO.- Practicada la prueba propuesta por las partes, éstas formularon conclusiones escritas.
SEXTO.- Mediante Providencia de 28 de diciembre de 2.009 se requirió a las partes
para que informasen al Juzgado sobre la conveniencia de suspender el procedimiento por prejudicialidad en relación con el RC 845/2008, seguido ante la Sala de 10 Contencioso Administrativo del TSJPV, mostrándose las partes conformes con la misma, suspensión que fue acordada por auto de 25 de enero de 2.010.
Puesto en conocimiento del Juzgado la resolución del RC 845/2.008 por la Sala de 10
Contencioso Administrativo del TSJPV, se solicitó por este Juzgado testimonio de la Sentencia dictada en dicho procedimiento, alzando la suspensión del procedimiento mediante auto de 18 de mayo de 2.010, emplazando a las partes por común plazo de cinco días para que alegaran sobre la incidencia de dicha resolución sobre el presente procedimiento, habiendo evacuado todas las partes dicho trámite.
SÉPTIMO.- Mediante Providencia de 17 de junio de 2.010, quedaron los autos conclusos para dictar Sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. Objeto del recurso.
PRIMERO.- Acto administrativo impugnado.
Constituye el objeto del presente recurso el DECRETO DE ALCALDIA DEL AYUNTAMIENTO ORlO N° 604/08 QUE APRUEBA DEFINITIVAMENTE EL PROYECTO REPARCELACION SECTOR 8 "MUNTO" DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE ORIO.
II. Pretensiones de las partes.
SEGUNDO.- Pretensiones del recurrente.
El recurrente, en el ejercicio de la acción pública, formula recurso contencioso administrativo frente al precitado proyecto de reparcelación, solicitando la declaración de nulidad del mismo.
Sustenta sus pretensiones sobre los siguientes argumentos:
a) Con fecha 26 de diciembre de 2.006 se aprobó por el Consejo de Diputados de la Excma. Diputación Foral de Gipuzkoa la revisión de las normas subsidiarias de planeamiento del municipio de Orio, revisión que fue objeto de recurso contencioso administrativo, recayendo Sentencia nº 660/2.008 en el RC 329/2007 dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, resolviendo declarar nulo de pleno Derecho el acuerdo de 26 de diciembre de 2.006 y, por extensión, la revisión de las NNSS.
b) Con fecha 4 de marzo de 2.008 se aprobó definitivamente por el Ayuntamiento de Orio el Plan Parcial del Sector 8 "Munto" de las NNSS de Orio, el cual fue objeto de recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (y en el que ha recaído, con posterioridad a la demanda Sentencia, como posteriormente se señalará).
c) El ámbito en el que se desarrolla el Proyecto de Reparcelación impugnado (Sector 8 "Munto") está calificado como zona inundable por el Plan Territorial Sectorial de Ordenación de los Márgenes de los Ríos y Arroyos de la Vertiente Cantábrica, aprobado por Decreto 415/1.998, de 22 de diciembre, por el Consejo del Gobierno Vasco.
d) Con fecha 20 de julio de 2.004, el Ayuntamiento demandado suscribió un Convenio
Urbanístico con los propietarios de las parcelas del ámbito litigioso, pactando la monetarización del 10% de cesión obligatoria del aprovechamiento resultante a favor del demandado en la suma de 250.000 euros, si bien en el proyecto de reparcelación está cuantía es considerada una carga de urbanización. Como el Ayuntamiento no participa en la equidistribución de beneficios y cargas, al contrario que el resto de propietarios, ello determina la producción de un quebranto económico para el mismo.
e) El proyecto de reparcelación infringe lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Costas, toda vez que la construcción de garajes en zona de servidumbre de protección es un uso no permitido, además de no haberse recabado la preceptiva autorización de la Administración Autonómica conforme al Decreto 196/1.997, de 29 de agosto.
f) El proyecto de reparcelación no cumple el estándar del 75% de reserva de Vivienda
de Protección Pública e infringe el articulo 79 de la Ley 2/2.006, de Suelo y Urbanismo en lo que se refiere a las parcelas dotacionales.
g) La cesión del 10% de aprovechamiento lucrativo, monetarizado en la suma de 250.000 euros no puede ser considerado una carga de urbanización, sino que debe ser abonada por el resto de propietarios de la unidad de ejecución.
TERCERO.- Oposición del Ayuntamiento de Orio y de la Junta de Concertación.
El Ayuntamiento de Orio y la Junta de Concertación demandados se opone al recurso contencioso administrativo can base en argumentos muy similares, por lo que pueden
sintetizarse conjuntamente sin alterar la sustantividad de los mismos, corno sigue:
a) El Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Zarautz-Azpeitia, donde se ubica el municipio de Orio, declara, con carácter prevalente sobre el Plan Territorial Sectorial de Ordenación de los Márgenes de los Ríos y Arroyos de la Vertiente Cantábrica, al Sector Munto 8 de las NNSS de Orio como área preferente de nuevo desarrollo residencial de alta densidad.
b) En el Convenio Urbanístico suscrito el 20 de julio de 2.004 entre el Ayuntamiento y
los propietarios de las parcelas incluidas en el proyecto de reparcelación, se estableció la monetarización del 10% del aprovechamiento lucrativo a favor del Ayuntamiento en la suma de 250.000 euros, además de la adjudicación al Consistorio de dos parcelas, la PR-2 y PR-5, libres de cargas y gravámenes urbanísticos.
c) El Ayuntamiento participa, al igual que el resto de propietarios, en la equidistribución de beneficios y cargas atendiendo a su cuota estimada de su propiedad patrimonial que aporta en forma de superficie, recibiendo por ello una cuota indivisa de 21,1130% de la parcela edificable PR-1 y una cuota indivisa de 20,5721 % de la parcela edificable PR-3, además del 10% de aprovechamiento lucrativo monetarizado.
d) Con relación a la infracción de la Ley de Costas, se invoca el informe de la Dirección General de Costas de 28 de junio de 2.007, en el que se determina que el aparcamiento subterráneo proyectado presta servicios necesarios para el dominio público marítimo terrestre.
e) En cuanto a la alegada infracción de la Ley 2/2.006, de Suelo y Urbanismo, el estándar de vivienda protegida no es aplicable a las modificaciones o revisiones del planeamiento general que a la entrada en vigor de la precitada norma contaran con una aprobación inicial, como ocurre en este caso.
III. Examen del recurso.
CUARTO.- Nulidad de pleno Derecho del Proyecto de reparcelación impugnado por falta de cobertura de planeamiento. Estimación del recurso.
No es controvertido que el Proyecto de reparcelación objeto del presente recurso constituye un acto de ejecución dictado en desarrollo directo del Plan Parcial del Sector 8 "Munto" de las NNSS de Orio que, su vez, constituye una norma de planeamiento de desarrollo de las NNSS de planeamiento del municipio de Orio (art. 43.1 c) del Real Decreto 2159/1978, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana), cuya revisión se aprobó con fecha 26 de diciembre de 2.006 por el Consejo de Diputados de la Excma. Diputación Foral de Gipuzkoa.
Pues bien, sentado lo anterior, conviene comenzar señalando que, conforme consta acreditado en autos, la revisión de las NNSS de Orio aprobadas el 26 de diciembre de 2.006, del que el acto de ejecución impugnado es lógica consecuencia, fue declarado nulo de pleno Derecho por Sentencia nº 660/2.008 en el RC 329/2007 dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Asimismo, con relación al Plan Parcial del Sector 8 "Munto" de las NNSS de Orio, en cuya ejecución se dicta el acto administrativo ahora impugnado, fue anulado mediante Sentencia nº 112/2010, de 17 de febrero, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el recurso nº 845/2.008. Si bien se acordó la anulación del mismo y no la declaración de nulidad de pleno Derecho, tal cuestión carece de relevancia dado que, al tratarse el precitado Plan Parcial de una disposición general, conforme al artículo 62.2 de la Ley 30/1.992 son nulas las disposiciones administrativas que infrinjan la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior.
Por consiguiente, la anulación del Plan Parcial tiene los mismos efectos que la declaración de nulidad de pleno Derecho al tratarse de una disposición general.
Sentado lo anterior, resulta obvio que la nulidad judicialmente declarada de la Revisión de las NNSS y del Plan Parcial que desarrolla las mismas y el ámbito afectado por el Proyecto de reparcelación, determina que éste carezca de cobertura de aquel planeamiento que pretende ejecutar. No puede ejecutarse o gestionarse aquello que, al declararse nulo de pleno Derecho, no despliega efectos dada la eficacia ex tunc de tal declaración.
La nulidad de pleno Derecho de los actos de ejecución con causa en la nulidad del planeamiento que les sirve de cobertura no es cuestión novedosa o ajena nuestra doctrina jurisprudencial. Así, con carácter general, la doctrina jurisprudencial viene entendiendo que la nulidad del planeamiento en cuya ejecución se dicta un concreto acto administrativo arrastra la invalidez de éste, en nuestro caso, del proyecto de reparcelación.
Señala la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo
de 14 de diciembre de 1.998, lo siguiente:
"Como certeramente señala el Tribunal "a quo" en el cuarto fundamento jurídico de la sentencia recurrida, el Plan General de Ordenación Urbana es una norma reglamentaria, cuya nulidad radical acarrea la de los actos de ejecución y desarrollo de la misma, y, por consiguiente, el acuerdo Municipal aprobatorio de los Estatutos y Bases de actuación de un determinado área para su ejecución por el sistema de compensación no es un acto independiente del planeamiento municipal declarando nulo de pleno derecho, sino que, por el contrario, es un acto de ejecución de éste, que por lo mismo deviene nulo, de manera que carece de aplicabilidad a este supuesto el precepto contenido en el artículo 50 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 1958, en cuya infracción se basa el motivo de casación tercero, que por ello debe ser desestimado también".
En similar sentido, la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 22 de noviembre de 2.002, reza así:
"El criterio que sostenemos en la presente sentencia aceren del enjuiciamiento del Proyecto de urbanización a partir de la nulidad declarada de las normas subsidiarias y del plan parcial, aunque tales declaraciones hayan sido objeto de recurso, ha sido considerada ajustada por el TS. Tal y como afirma en sus Sentencias de fecha 20 de Diciembre de 2001, 14 de Febrero de 2002, 16 de Marzo de 2002, 4 de Mayo de 2002, así como en la de fecha 26 de Febrero de 2002 "SEGUNDO.- En su primer motivo de casación, con cita de distintos preceptos legales, la parte recurrente invoca los principios de eficiencia de la acción administrativa y ejecutividad de los actos administrativos que, a su juicio, han sido desconocidos por la sentencia recurrida. En realidad, toda argumentación de este motivo adolece del mismo defecto, el de repetir lo ya alegado ante la Sala de instancia sin combatir adecuadamente el pronunciamiento de la sentencia recurrida.
Como ya dijimos en nuestras sentencias de 4 de mayo 20 de diciembre de 2001 Y 14 de febrero de este mismo año, no se trata de que los actos administrativos tengan o no ejecutividad ni de que se haya o no pedido la ejecución provisional de la sentencia anulatoria de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Santander, sino de que con ocasión de una licencia de obras cabe la impugnación indirecta del plan que haya sido aplicado para la concesión de aquélla y que, si ese plan ha sido ya anulado en virtud de una impugnación directa, el Tribunal sentenciador puede, como ha hecho el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, utilizar los mismos argumentos que empleó para anular el plan para anular también los actos dictados en su aplicación."
En síntesis, al carecer el proyecto de reparcelación impugnado de cobertura de planeamiento, debiéndose entender tanto la Revisión de las NNSS como el Plan Parcial del Sector 8 "Munto" de las NNSS de Orio (ambas nulas de pleno Derecho) como disposiciones generales con rango normativo, conforme al artículo 62.1 f) de la Ley 30/1.992 procede declarar la nulidad de pleno Derecho del acto impugnado por ser contrario al ordenamiento jurídico y permitir la adquisición de facultades o derechos careciendo de los requisitos esenciales para su adquisición.
QUINTO.- Costas procesales.
No ha lugar a realizar imposición de costas.
SEXTO.- Modo de impugnación.
La presente resolución NO ES FIRME Y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ordinario.
SÉPTIMO.- Plazo del dictado de la Sentencia.
La presente resolución se dicta dentro del plazo legal del artículo 67.1 de la LJ. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

FALLO

1º Que debo ESTIMAR y ESTIMO íntegramente el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Ana Arrizabalaga Lertxundi en nombre y representación de don IÑAKI GARCÍA ARAMBARRl frente al DECRETO DE ALCALDIA DEL AYUNTAMIENTO ORlO N° 604/08 QUE APRUEBA DEFINITNAMENTE EL PROYECTO REPARCELACION SECTOR 8 "MUNTO" DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE ORlO.
2º Que debo declarar y declaro la NULIDAD DE PLENO DERECHO del mismo conforme al artículo 62.1 f) de la Ley 30/1.992.
3º Sin imposición de costas.

MODO DE IMPUGNAR ESTA RESOLUCIÓN: mediante RECURSO DE APELACIÓN EN AMBOS EFECTOS, por escrito presentado en este Juzgado en el plazo de QUINCE DÍAS, contados desde el siguiente a su notificación (articulo 81.1 de la LJCA), y previa consignación en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano jurisdiccional en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito), con nº 1885, de un depósito de 50 euros, debiendo indicar en el campo concepto del documento resguardo de ingreso que se trata de un "Recurso".
Quien disfrute del beneficio de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos están exentos de constituir el depósito (DA 15a LOPJ).

Así por esta mi Sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

5/6/10

Una crónica anunciada

Todos los que hemos padecido las maneras, modos y métodos de el ex coordinador de Ezker Batua Berdeak éramos conscientes de que tarde o temprano la erupción de una crisis aguda se iba a producir, lo que no alcanzaban nuestras previsiones es de la forma en que se ha producido.
El día 21-05-10 fuimos convocados al Consejo Político (C.P.) y nueve compañero-as no pudimos acreditarnos para participar en el mismo, esgrimían que en la 7ª Asamblea firmamos un papel que dice que cuando no seamos fieles a la línea de Ezker Batua Berdeak el coordinador nos podrá expulsar del C. P. Hace más de un año que J. Madrazo no es coordinador, por lo que, lo natural sería que el nuevo coordinador estuviera facultado para tomar tal medida. La cacicada de J. Madrazo sólo tenía un fin: contar con la mayoría en el órgano más relevante, relevándonos del C. P. con nueve nuevos miembros fieles al ex coordinador y con tales artes y maneras seguir dirigiendo la organización.
Mariana Aramburu, Concejal de Zarautz y miembro del C.P. Patxi Coira, miembro del C.P., Presidencia y la Territorial de Gipuzkoa. José Ferreras, miembro de Presidencia, del C.P. y Juntero por Bizkaia. Iñaki García, Concejal en Orio, miembro del C.P. y de la Territorial de Gipuzkoa. Arantza González, miembro de de la Presidencia, del C.P. de la Territorial de Gipuzkoa y Juntera por Gipuzkoa. Manolo Hernández, responsable de Organización de Alava, miembro de la Presidencia y del C.P. Xabier Pombo, Concejal de Pasaia, miembro del C.P. Iker San Roman, asesor en el Parlamento, miembro de Presidencia y del C.P. –nuevo responsable de finanzas-.
Ana Telleria, miembro de Presidencia –nuevo portavoz de Presidencia-, del C.P. y Juntera por Bizkaia. Son los nueve militantes de Ezker Batua Berdeak que ha pretendido purgar quien se cree propietario, como si fuera Dios, de la organización.
En Ezker Batua las diferencias políticas no nos dividen, es el modelo de organización vertical dirigida por una persona la causa de todos los males presentes y pasados. El excoordinador hace más de un año que renunció a seguir siendo el máximo responsable de Ezker Batua Berdeak, al día de hoy no ha transferido sus competencias al nuevo coordinador a pesar de solicitárselo por vía notarial. Nadie salvo J.Madrazo y su hombre de confianza conocen cómo están las finanzas, lo mismo sucede con los censos, presuntamente adulterados –la causa detonante de esta situación- y guardados con celo. No hay excusa que valga, ni mentiras que puedan distorsionar la realidad: ¡TRANSPARENCIA!
El pretendido golpe tiene una similitud con el del 18 de Julio, con la fe por delante y “fuerzas armadas” detrás. El C.P. del día 21-05-10 pude contabilizar cinco miembros de seguridad de paisano ¿armados?; en el C.P. ilegal del jueves 03-06-10 que llevó a cabo J. Madrazo ya eran siete los componentes de seguridad traídos por el excoordinador, que al parecer custodiaron, pernotando toda la noche, la sede de Ezker Batua Berdeak de Bilbao. “Por sus hechos les conocerás” dice el refrán, el excoordinador se delata a sí mismo, contrata fuerzas de seguridad a sabiendas de que su conducta ilegal podría soliviantar a los nueve miembros que ha pretendido mandar al Gulag.
Lo que dice el ex-fiscal Carlos Jiménez Villarejo en el prólogo del libro “Garzón Contra el Franquismo”, tiene mucha similitud, claro está, salvando sobre todo las repercusiones, con lo que acontece en Ezker Batua: “…abría un proceso penal a los responsables de aquel golpe militar tratándoles lo que fueron, delincuentes y criminales…”, “La acción desplegada por las personas sublevadas… estuvo fuera de toda la legalidad, y (esas personas) atentaron contra la forma de Gobierno en forma coordinada y consciente, determinados a acabar por las vías de hecho con la Republica mediante el derrocamiento del Gobierno legítimo de España, y dar paso con ello a un plan preconcebido que incluía el uso de la violencia como instrumento básico para su ejecución”.

IÑAKI GARCIA ARAMBARRI, Concejal de Orio, miembro de la Territorial de Gipuzkoa y del Consejo Político de Ezker Batua.

10/5/10

Para las próximas elecciones municipales

EN LAS PRÓXIMAS ELECCIONES MUNICIPALES O SALIMOS DE LA “UVI” O LA MUERTE ANUNCIADA SERÁ UNA REALIDAD. TODOS QUEREMOS SALIR DE LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS, NO EN UNA SILLA, NO CON MULETAS, NO CON VENDAJES, TAN SÓLO CON CICATRICES QUE SEAN DEL PASADO. CON UN FUTURO ILUSIONANTE POR DELANTE.

Un análisis de la situación: crisis económica, reagrupamiento o no de las fuerzas nacionalistas, desgaste del PSE en el poder, fortalecimiento de la derecha, probable abandono de las armas por parte de ETA… infinidad de acontecimientos que se van a desarrollar en los próximos dos años, son necesarios, están bien, pero, no nos deben descentrar de nuestro principal objetivo: salir airosos del reto más importante que se nos presenta, estas cuestiones en nada o muy poco pueden alterar el objetivo que nos marquemos.
Constantemente y con más insistencia ahora, tras el batacazo de las elecciones autonómicas, estamos oyendo-diciendo las mismas cosas: trabajar más, dinamizar las asambleas, más protagonismo en las instituciones, trabajo con gente de nuestro entorno, captar militantes, buscar allegados-as que en su ciudad, pueblo o barrio se muevan en los movimientos sociales para integrarlos en nuestras listas, etc. De tanto decirlo-oírlo asentimos y no nos ponemos “manos a la obra”, la situación tiene un símil con el cuento del lobo: ¡que viene el lobo!, ¡que viene el lobo! y no aparece, cuando lo hace ya es tarde, no tomaron las medidas necesarias para evitar sus irreparables consecuencias, no cometamos el mismo error.

MANOS A LA OBRA

Enumerar las tareas concretas y no salirnos del guion es fundamental; no perder energías en otras cosas, si cabe enriquecer las propuestas. No vamos a tener otra oportunidad.
Desde este mismo instante debemos de imponernos los siguientes deberes, éste debe de ser nuestra dedicación principal en los siguientes 24 meses.
-elaborar el programa electoral municipal, nuestras propuestas urbanísticas, sociales, culturales, deportivas, medio ambientales, participación ciudadana, presupuestos participativos, constitución del consejo asesor urbanístico en aquellos proyectos importantes o que crean controversia entre los ciudadanos, etc. Teniendo dedicación especial con los temas más demandados por los ciudadanos en cada localidad.
La redacción del programa no debe ser objeto de debate sólo en la Asamblea, entre los afiliados, se debe extender a todos-as los que están en nuestro entorno, votantes, simpatizantes e independientes, hacerles participes, pedirles aportaciones y criticas si caben.
-si somos capaces de organizar esta dinámica, que lo somos, el siguiente paso es hacer una propuesta de quiénes compondrán la lista, más adelante se configurará el orden, de esta forma lograremos una inquietud permanente, la de hacer una candidatura atractiva, paritaria y con espacio para simpatizantes e independientes.
Sobre estas dos cuestiones debe de pivotar la actividad diaria que genera nuestro trabajo en los ayuntamientos y en los movimientos sociales en los que participamos
-participar en ellos es importante y en la medida de nuestra capacidad deberíamos crear nuevos y ser sus dinamizadores, cuando no, sus líderes-, aprovechemos nuestro capital que es el conocimiento de la dinámica municipal.
La crisis nos brinda la oportunidad de participar en los movimientos que están surgiendo: charlas, manifestaciones, huelgas, etc. nuestra presencia se ha de notar expresando nuestra solidaridad con todo-as que padecen sus consecuencias. Tomar iniciativas en este sentido es de suma importancia: charlas, pancartas, folletos –ezkertis-, concentraciones…
La dinámica de las reuniones las deben demarcar las Asambleas, se recomienda que sean mensuales, a ser posible, antes de los Plenos,-la asistencia a las distintas comisiones municipales, si el reglamento lo permite es importante- de forma que se participe debatiendo el orden del día y cuál ha de ser nuestra posición en los distintos temas.
En las reuniones de los cargos políticos provinciales que con regularidad trimestral se celebren, (las reuniones zonales o comarcales, como la celebrada recientemente en Eibar son importantes, deberían de jugar un papel determinante para con los objetivos que nos marcamos), se hará un seguimiento, por parte del responsable de organización de gipuzkoa de la actividad de cada agrupación local en las líneas más arriba señaladas. Cada trimestre se debería de hacer una reunión provincial de responsables de asambleas, extendiendo la invitación a aquellos militantes que quieran participar.
Hemos de mejorar la relación recíproca entre nuestros junteros y asambleas, no debería existir la sensación de que las JJ. y Ayuntamientos son dos instituciones alejadas una de la otra. En las Diputaciones se toman decisiones importantes que afectan directamente a los ayuntamientos y muchas de nuestras demandas locales, en infraestructuras y prestaciones sociales, son competencias de las Diputaciones.
Nadie nos va a dar nada. En nuestras manos está sintonizar con los sectores más desfavorecidos de la sociedad y ganarnos su confianza, movilizar a todas las personas de izquierda y progresistas para que con su voto obtengamos el mayor número posible de representación en JJ. y Ayuntamientos, sin perder el espacio político de izquierda federal y republicana que representamos.

Ondarroa
Iñaki Garcia Arambarri

24/4/10

El tren txu-txu volverá a recorrer las calles de Orio en los meses de julio y agosto

El concejal de Comercio del Ayuntamiento de Orio, Iñaki García Arambarri, ha anunciado hoy que, en los meses de julio y agosto, el tren txu-txu volverá a recorrer las calles de esta localidad costera. Según ha explicado, tras la buena acogida y felicitaciones recibidas por las personas usuarias, en la presente edición el tren estará quince días más.
La iniciativa de los comerciantes y de la hostelería y el Ayuntamiento de Orio coincidirá con las regatas, la bandera de Orio y la feria de stock. El concejal ha explicado que su coste, a pesar del incremento de días, será el mismo que el año pasado y asciende a 24.075 euros.
Asimismo, ha explicado que el itinerario será igual que el del año anterior. El punto de partida será la Herriko Plaza, realizará una parada en Bikamillota y dará la vuelta con parada en la playa, en horario de once a dos del mediodía por la mañana, y de tres a ocho, por la tarde.
Iñaki García ha afirmado que, en la edición anterior, se vendieron 26,884 tickets y el tren fue utilizado por 13.431 personas. “Este verano esperamos alcanzar más de 20.000 usuarios”, ha añadido. Por último, el concejal de Comercio ha señalado que los puntos de venta de bonos y tickets del tren txu-txu se anunciarán previamente.





24/3/10

Orioko Udaleko oposizioak elkarlanean jarraitzen dugu

Orioko EA, Ezker Batua, Aralar eta Ezker Abertzaleak gogorarazi nahi dio herriari, eta batez ere PNV eta alkateari, herria gehiago dela autopistako irteera, arraun eta piraguismo zentroa, bariantea eta Done Jakue bidearen interpretazio zentroa baino.
Orio herritarrok osatzen dugu, eta udaletxean aurrekontua egiteko, eta gainontzeko lanetan ere, herritarren ordezkariok eskubidea dugu hartzen diren erabaki guztietan parte hartzeko, eskubidea eta betebeharra.
Hori dela eta gure proposamenak mahai gainean dituzuela gogorarazi nahi dizuegu. Herriaren zerbitzuak hobetzeko asmoz, modu ezberdinean pentsatzen dugun alderdiok, ida-tzi hau sinatzen dugunok hain zuzen, gai izan gara eztabaidatu eta adosteko. Betiere prest elkarlanean jarduteko eta negoziatzeko. Zain gaude zuekin eseri eta 2010eko aurrekontuak lantzeko.
Ez ditugu ulertzen alkatearen eta PNVren gureganako errespetu falta horiek; batzorde batzuetara ez etortzea, negoziatu nahi ez izatea eta azken idatzian eginiko hainbat eta hainbat adierazpen; besteak beste, zuek ere negoziatu eta adostutako bi etxebizitzen aipamena (dirutan jaso beharrean, bi etxeren jabetza lortzea herriarentzat).
Orio beti dago bogan. Zoritxarrez, batzuek nahi duten norabidea soilik eraman behar badu, itsasoan barrena galduta gera daiteke. Herritar guztien parte-hartzea bermatzen bada, ordea, portu askotan gelditzeko aukera izango du, modu orekatuan mantenduz eta bidaiatuz, indartuz eta hobetuz.
Izan ere diruak bakarrik ez baitu herria egiten. Nahiz eta diruak laguntzen duen, herria herritarrok egiten dugu, eta alkatearen meritutzat jotzen dituzuen diru sarrera horiek Udalaren gehiengoak onartutako proiektuek eragindako diru laguntzen eta elkarlanaren ondorio dira. Gainera, diru sarrerak gehiago izan zitezkeen, eta izan litezke, gure proposamenak ere onartuko balira.
Horregatik, jakizue oposizioak elkarlanean jarraitzen dugula, eta Orioko esparru ezberdinak hobetzeko asmoz gure esku dagoen guztia eginez segituko dugula.

Bixente Lasa, Iñaki Garcia, Iñaki Iturain, Karmele Belasko, Joseba Goiburu eta Leire Zinkunegi


aparecido en Noticias de Gipuzkoa. Cartas al Director. 23/03/2010

22/3/10

El PNV de Orio recurre al insulto para no debatir

Señores del PNV de Orio es notorio que han perdido los papeles con su alcalde a la cabeza. El insulto, la mentira y la descalificación gratuita sólo hace que afloren sus instintos mas deplorables con el objetivo de eludir el debate y el raciocinio. W. Shakespeare: “La ira es un veneno que uno toma esperando que muera el otro”.
Algo en lo que no va a caer Ezker Batua Berdeak, es en desviar la atención de nuestros votantes de la cuestiones importantes, como son la sentencia que anula el Plan Parcial y la lamentable situación que se encuentra el ayuntamiento de Orio, fruto de la gestión del alcalde Jon Redondo.
Nos debemos a nuestros votantes, por lo que informarles de sus mentiras no sólo es nuestro deber, sino también es una práctica de higiene política porque han tratado de emponzoñar la vida política municipal de Orio y a la mayoría de sus representantes en el ayuntamiento.
Cómo puede la junta municipal del PNV afirmar que el concejal de Ezker Batua Berdeak no ha conseguido ninguna subvención desde la presidencia de la comisión de comercio.
En 2008 en el Programa de Merkagune del Gobierno Vasco de ayuda al comercio se logró 95.790,56 euros para el ayuntamiento y 4.000 euros para la asociación de comerciantes.
En 2009 con la gestión del mismo concejal de Ezker Batua Berdeak se obtuvo12.589,60 euros para el ayuntamiento y 6.000 euros para la asociación de comerciantes.
En 2009 con las ventas de los ticket del tren Txu-txu (le recuerdo que fue una iniciativa surgida en la comisión de comercio junto con los comerciantes de Orio) se obtuvieron 6.000 euros.
La cantidad que se ha conseguido desde la comisión de comercio en dos años es la de 114.379.56 euros para el ayuntamiento y 14.000 euros para el comercio. Uds. no se enteran u obran de mala fe.
Cómo pueden decir que “es del género tonto” recurrir al crédito para cuadrar los presupuestos. A lo largo de su vida lo hacen la mayoría de las familias, infinidad de ciudadanos y ciudadanas, también muchos ayuntamientos y lo acaba de hacer el Gobierno Vasco, un respeto; la buena gestión es el aval para un crédito y parece ser que por sus manifestaciones Ud. Jon Redondo, no es capaz de gestionarlo.
Cómo pueden afirmar que el concejal de Ezker Batua Berdeak tan sólo asiste tres veces al mes al ayuntamiento. Repasen las actas de las comisiones de hacienda, urbanismo, comercio y plenos, más las reuniones con los comerciantes y comprobarán que este concejal tiene una actividad mucho mayor que el alcalde que tiene una renumeración “importante” por dedicación plena. Jon Redondo Ud. es de los pocos alcaldes de la Comunidad Autónoma que no asiste a la mayoría de las comisiones.
Cómo pueden lanzar como arma arrojadiza que al concejal de Ezker Batua Berdeak no le ha votado ningún ciudadano de Orio y no es de ese pueblo. En la Comisión Gestora de Ondárroa, en contra de la mayoría de todos los partidos, incluido el suyo, la dirección de su partido, el PNV, puso a nueve miembros, que salvo el Presidente todos llevan años viviendo lejos de Ondárroa y nadie les había votado previamente; el presidente de Gipuzkoa del PNV Joseba Egibar fue concejal como paracaidista en Lizarza. Sres. del PNV de Orio, un poco de decoro.
Cómo puede decir que el concejal de EA responsable de la comisión de deportes no tiene criterios. En su despacho se ha cocinado sin la participación de concejal la llegada de la Vuelta Ciclista al Pais Vasco, tema que le compete a él como responsable de la comisión de deportes, y sin la debida información a la mayoría política del ayuntamiento que representamos ANV, Aralar, EA y Ezker Batua Berdeak.
Cómo puede manifestar en un medio de amplia difusión en Gipuzkoa que: “…Mientras ANV quiere que Orio sea conocido por las bombas y extorsiones de ETA…” . ¿Cuánto aporta este comentario gratuito, a las ilusiones que muchos ciudadanos hemos depositado en la reflexión que lleva la izquierda abertzale por la apuesta solamente de la vías pacificas?
Sr. Jon Redondo por enésima vez, no eluda los planteamientos políticos, no levante cortinas de humo, si no, cuando el humo se disipe, las lágrimas no le dejaran ver el futuro. DIMITA. Deje paso a una persona que traiga la concordia al ayuntamiento.

Orio 17-03-10

Iñaki Garcia Arambarri, Concejal de Comercio en el Ayuntamiento de Orio.

aparecido en Noticias de Gipuzkoa. Cartas al Director. 19/03/2010

14/3/10

Muntoko Setenzia

La valoración de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco al Recurso Contencioso presentado por Ezker Batua Berdeak, es agridulce y disconforme con el tribunal.
La sentencia desglosa en nueve puntos el recurso, nos da la razón en dos y en siete nos la deniega. No salimos de nuestro asombro en el punto dos cuando dice que el Plan Territorial Sectorial considera que el sector 8 Munto es inundable en periodos de retorno de 10 años, la Ley prohíbe cualquier desarrollo urbanístico. El tribunal dice que el Plan Territorial Parcial del Área Funcional de de Zarautz-Azpeitia en donde se enmarca Orio califica como área preferente de nuevo desarrollo residencial de alta densidad y el PTP. jerárquicamente está por encima del PTS.
¿Cómo es posible si el PTS dice que el sector 8 de Munto es inundable, pueda haber un desarrollo urbanístico porque lo diga el PTP?
¿Quiénes serán responsables, en caso de inundación de los daños materiales y del riesgo de pérdida de vidas humanas?
Con permiso de Tribunal, ésto es un disparate.
En las dos cuestiones que la sentencia nos da la razón es en cuanto a procedimiento: no se puede aprobar el Plan Parcial si la Normas Subsidiarias no están aprobadas y en la exposición pública inicial no constaba el estudio hidráulico pormenorizado para que la ciudadanía pudiera hacer las alegaciones.
El fallo de la sentencia “Declarar la disconformidad de derecho del acuerdo recurrido que consecuentemente anulamos, disponiendo la retrotracción del procedimiento al momento de exposición pública de documento inicialmente aprobado y del estudio hidrológico exigido por las NNSS”.

Dónde nos encontramos

Ezker Batua Berdeak ha pedido al tribunal una aclaración respecto al fallo. Solicitara la paralización cautelar de las obras y recurrirá el fallo de la setencia y la del del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco.
El Ayuntamiento recurrirá la sentencia con un recurso de casación.
Al recurrir la sentencia el Ayuntamiento y no se pronuncie el Tribunal Supremo el Plan Parcial sigue vigente, de esta forma elude una exposición pública del estudio hidrológico tal y como dice la sentencia. De momento los ciudadanos no podrán hacer alegaciones el estudio hidrológico y de esta forma el ayuntamiento gana tiempo y se lleva a cabo el desarrollo urbanístico de Munto.
¿Si el Tribunal Supremo no acepta el recurso de casación del Ayuntamiento y el estudio hidrológico ha de exponerse a exposición pública y las alegaciones son aceptadas y Munto es inundable en que situación nos encontramos?
Ante unos hechos consumados y es esta la estrategia del Ayuntamiento ante los casos que han suscitado controversia.
Fue clarificador la reunión del día 10-03-10 de la Comisión de Urbanismo, el segundo secretario nos hizo la siguiente exposición por las irregularidades del campo de futbol: “por el bien público hicimos caso omiso a los mandatos del Gobierno Vasco, estábamos seguros que al final legalizarían el campo de futbol y los aparcamientos, como así ha sido”
Una institución como el Ayuntamiento que debiera de dar ejemplo de transparencia y legalidad, actúa de forma irregular.
No puedo terminar sin hacer mención al informe del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco con fecha 19-02-04 en relación a la ilegalidad del campo de futbol y los aparcamientos que emitió el mismo departamento el 15-04-09 “…y se toleré la construcción que “incumple” los retiros establecidos en dicho Plan Territorial Sectorial, en virtud del Principio de Eficacia y de “mal menor” de la actuación administrativa, planteando del mismo modo unas medidas compensatorias de protección del medio ambiente materializadas en proyectos de protección de del hábitats y recuperación de márgenes…”
En resúmen, una vez más se prima más lo privado que lo público.

Orio, 14-03-10
Iñaki Garcia Arambarri

5/3/10

EZKER BATUA-BERDEAK EXIGE LA DIMISIÓN DEL ALCALDE DE ORIO

La actitud del alcalde de Orio de conducir el consistorio como si fuese su cortijo y él su señorito tiene serias consecuencias, como el tener que prorrogar los presupuestos, al no consensuarlos; y la paralización técnica del Ayuntamiento, al no contar con mayoría política en el mismo.
Ion Redondo tergiversa, manipula y miente al señalar que el presupuesto alternativo presentado por el resto de formaciones con representación en el Consistorio, excepto el PSE, no cuadra.
Me remito a los hechos. En la comisión de Hacienda celebrada el 10 de febrero el representante de Ezker-Batua-Berdeak propuso que, para el encaje de los presupuestos se recurra al crédito, y obtuvo como respuesta que la Ley no permite hacerlo para el gasto corriente. Pues bien, la disposición de la Norma Foral de Presupuestos de Gipuzkoa para 2010 en su Disposición adicional octava dice lo siguiente “Las entidades locales, con carácter extraordinario, podrán concertar operaciones de endeudamiento en 2010 para financiar el remanente negativo de tesorería para gastos generales…”, lo que contradice el argumento del alcalde.
Además, Ion Redondo nos presentó en dos comisiones sus presupuestos, sin manifestar en ninguna ocasión ninguna disposición para consensuar las cuentas alternativas presentadas por las formaciones con representación en el Ayuntamiento, excepto el PSE, y que conformamos mayoría.
El alcalde de Orio nos propuso cuadrar los presupuestos con 279.781 euros, obtenidos con la venta de un solar municipal en Goiko Kale para la construcción de 27 viviendas. No obstante, le advertimos de que la ley dice de que el dinero obtenido de la venta de patrimonio sólo puede ser destinado a la adquisición de patrimonio (comprar suelo para la construcción de VPO) y nunca a cubrir el gasto corriente. Una vez más, Ion Redondo nos proponía una irregularidad.
Afortunadamente, la mayoría del ayuntamiento decidimos, muy a pesar del alcalde, cumplir con lo que dice la Ley, y adquirimos patrimonio, concretamente, dos viviendas, para ponerlas en el mercado en alquiler social. Además, la opción de optar por dos viviendas económicamente era más ventajosa, el valor de las dos viviendas es superior en 70.000 euros a la partida económica de 270.000 euros.

Situación del Ayuntamiento de Orio

El alcalde del PNV de Orio, Ion Redondo, ha conducido al ayuntamiento a una situación preocupante y grave, y lamentablemente, en última instancia, van a ser las y los ciudadanos de Orio los paganos de su irresponsable conducta.
Como muestra un botón, las Normas Subsidiarias están declaradas nulas por sentencia del Tribunal superior de Justicia del País Vasco; la Dirección de Aguas del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco con fecha de 15-04-09 declaró ilegal el Campo de Fútbol y los aparcamientos en su subsuelo. Asimismo, tiene tres contenciosos en los tribunales, y el pasado 17 de febrero la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco anuló el Plan Parcial de Munto.
El responsable de esta preocupante situación tiene nombre, no es otro que el alcalde y el partido político que lo mantiene en su puesto, el PNV. Desde las filas de Ezker-Batua-Berdeak exigimos por el bien de la ciudadanía de Orio, la dimisión de Ion Redondo como Alcalde de Orio, y que su sucesor tenga otro talante con la oposición y distintos sectores de la localidad.

Orio 04-03-10
Iñaki García Arambarri
Concejal de Ezker Batua-Berdeak en el Ayuntamiento de Orio

artículos relacionados en:
Ezker Batua-berdeak. sala de prensa. noticias. orio
Noticias de Gipuzkoa. Cartas al Director. 10/03/2010
Diario Vasco. Costa Urola. 12/03/2010
Europa Press. 05/03/2010
Ecodiario. El economista.05/03/2010
Qué es. Guipúzcoa. 17/03/2010
Gente. San Sebastian. 17/03/2010



26/2/10

2010EKO UDAL AURREKONTURAKO PROPOSAMENA

Orioko EAE-ANV, Aralar, Eusko Alkartasuna eta Ezker Batuko sei zinegotziok adierazpen bat egin nahi diogu Orioko herriari, Udalaren 2010eko aurrekontuari buruz:
Abenduaren 16an alkateak, hazienda batzordeak deitutako bileraren barruan, 2010erako aurrekontu-proposamenaren berri eman zigun. Bilera hartan, alkateak gonbidatu gintuen gainontzeko talde politikoak, proposamen haren gainean gure iradokizunak, gure proposamenak, egitera, eta horiek batzordeburuari bidaltzera urtarrilaren hasieran; ondoren, denon artean eztabaidatu eta, ahal bazen, aurrekontua adosteko.
Lau alderdien ordezkariok horixe egin genuen 2009ko azken asteetan eta 2010eko aurrenekoan: EAJren proposamena aztertu eta haren gainean gureak egin. Zenbait bilera egin genituen lan horretan eta, eztabaidak eztabaida, hainbat alorretan adostasun batera iritsi ginen.
Adostutako dokumentua urtarrilaren 14an izandako Hazienda Batzordean aurkeztu genion alkateari, lau alderdion eta sei zinegotzion izenean, bere xehetasun guztiekin. Alkatea handik gutxira erantzutekotan geratu zen. Geroztik, hilabete eta erdi pasa den honetan, ez dugu inolako erantzunik izan. Ez eztabaidatu eta ez ezer.
Alkateari dagokio herriari aurrekontu proposamena aurkeztu eta, negoziazioaren bidez, haren aldeko gehiengo bat osatzea. Ez bada aurrekonturik onartzen, aurreko urtekoaren luzapena egiten da. Denbora aurrera doa eta, inolako erantzunik ez daukagunez, guk gure proposamena herritarrei aurkeztea erabaki dugu.
Gure ustetan, onartzeko moduko proposamenak dira hauek. Ez dira asko, eta osatu egiten dute EAJ-PNVk egindako aurrekontu-proposamena, gure ekarpenen bidez bestelako sentsibilitate batzuk ere jasota gelditzen direlako, herriaren beste sektore batzuk ere integratzeko ahalegina delako. Eta, edozein kasutan, gainontzeko alderdiekin eta zinegotziekin eztabaidatzeko proposatuak dira.
Orriaren bestaldeko zerrendan zehaztuta daude ANV, Aralar, EA eta EBren adostasuna lortu duten gaiak eta proposamenak.

Orion, 2010eko otsailaren 26an

EAE/ANVren ordezkari, Karmele Belasko, Joseba Goiburu eta Leire Zinkunegi
Aralarren ordezkari, Iñaki Iturain
EAren ordezkari, Bixente Lasa
EB/Berdeak-en ordezkari, Iñaki Garcia


EAJren aurrekontu-proposameneko gastuetatik kentzekoak, eurotan:
- Orioko Plaza kendu: 44.000
- Udalbide kendu: 4.500
- Eliza inguruko obrarako, aurtengo 300.000 euroak kendu, iazkoak daude-eta oraindik erabili gabe

EAJren aurrekontu-proposameneko gastuetatik jaistekoak:
- Orio Estilorako partida (bisiguaren festa) onartzen dugu, ondoko baldintza hauekin:
Gaia kultura batzordean lantzea; zinegotzi guztioi aukera ematea jaia prestatzen parte hartzeko; 2009ko diru-laguntzak jasoko diren bermea izatea; eta 18.000 € jaistea, auto finantzazioa helburu (galerarik ez izatea)
- Protokoloa: 5.000 (10.000tik 5.000ra jaitsita)
- Gabonetako argiteria: 6.000 kendu (20.000tik 14.000ra)
- Arraun teknifikazio zentrorako, aurrekontu hau orekatzeko behar dena jaitsi, kontuan hartu behar da iazko 900.000 euroak oraindik erabili gabe daudela
- Liberazioa duten alkatea eta bi zinegotzien soldata izoztu

EAJren aurrekontu-proposameneko gastuetatik igotzekoak:
- Karkarari 10.000 gehiago (13.400etik 23.400era), udal informazio gehigarria ematekotan; eta Hitzari 2.500 gehiago (5.000tik 7.500era)
- Enplegu eta sustapenerako, 1.200 gehiago (1.200etik 2.400era)
- Bidegorria egiteko, 10.000 gehiago (55.000tik 65.000ra)

Partida berriak, EAJren aurrekontu-proposamenean ez zeudenak, berriak direnak:
- PMS delakoa (lurrak erosteko legeak behartzen duen atal horretarako), 200.000
- Kanposantuko obra egin aurretik azterketa bat gauzatzeko, 6.000 jarri. Aztertzeko benetan nolakoak diren beharrak eta zer egin behar den
- Herri Kiroletarako gunea egiteko, 117.000
- Arraun Elkartearen hitzarmenerako, 60.000
- Gaztetxea bideratzeko, 60.000
- Ingurugiro alorrerako, 30.000: teknikari batek zaborren bilketaren gaia aztertzeko, II. atalean, 27.000; eta ingurugiroko ekintzetarako, IV. atalean, 3.000
- Festetarako txosna(k) eta ontziak-eta eskuratzeko, 10.000
- Ongizate sailaren herritarrentzako zerbitzua hobetzeko, 15.000
- Kultur etxeko herritarrentzako eskaintza hobetzeko, 10.000
- Kanpinaren bideragarritasun plan bat egiteko, bungalowak jartzearen komenigarritasuna aztertzeko, 12.000
- Aurrerantzean, jardueretako baimenak dagokien batzordera eramango dira
- Bukatzeko, jaitsi egin nahi dugu alkateak aurrekontuaren portzentaje bat dekretu bidez kreditu-aldaketak egiteko duen ahalmenaren zenbatekoa: gehienez ere 200.000 euroko kopurua erabili ahal izango luke era horretan 2010ean, eta partida bakoitzean gehienez ere 15.000. Hortik aurrerakoak udal batzarrera eraman beharko lirateke.

Diario Vasco. Costa Urola. 05/03/2010

23/2/10

2010EKO UDAL AURREKONTURAKO PROPOSAMENAREN AURKEZPEN SAIOA

Datorren ostiralean, otsailak 26, aurkezpen saio bat egitekotan gara herriko kultur etxean, arratsaldeko zazpi eta erdietan hasita (19:30ean). Saio horretan behean sinatzen dugun alderdien ordezkariok 2010eko udal aurrekonturako egin dugun proposamena aurkeztu nahi dugu jende aurrean.
Herriko alkateak abenduaren 16an EAJren izenean aurkeztu zigun proposamenaren gainean guk urtarrilaren 14an egindako hazienda batzordean aurkeztutako ekarpenak dira ostiralean azaldu nahi ditugunak.
Aurrekontuaren gaiak geroztik ez du aurrerabiderik izan, denbora aurrera doa eta udalaren aurrekontuak garrantzi handia duelakoan, herriari aurkeztea erabaki dugu.
Gaia zuen elkartearentzat ere interesgarria izango delakoan, gonbidatu egin nahi zaituztegu bertara joan zaitezten. Saioan herritarrek gure proposamenari buruz izan ditzaketen zalantzak argitzen saiatuko gara.

Aurkezpen saioa
Non: Orioko kultur etxean
Noiz: ostiralean, otsailak 26
Zer ordutan: zazpi eta erdietan (19:30ean)
Gaia: 2010eko udal aurrekonturako proposamena

Orion, 2010eko otsailaren 23an

EAE/ANVren ordezkari, Karmele Belasko, Joseba Goiburu eta Leire Zinkunegi
Aralarren ordezkari, Iñaki Iturain
EAren ordezkari, Bixente Lasa
EB/Berdeak-en ordezkari, Iñaki Garcia

13/2/10

Propuesta B para afrontar el futuro

En este punto lo referente al funcionamiento interno

Las grandes catástrofes no suelen obedecer a una sola causa, suelen ser la suma de varios factores. En EBB, también ha sido así. En mi intervención quiero incidir en el funcionamiento interno, en la dirección individualizada, en la toma de decisiones vertical de muchas cuestiones importantes.

Nuestra reivindicación, particularmente en los Ayuntamientos, ha sido la participación ciudadana, sin embargo en nuestra organización no se ha practicado para muchas cuestiones importantes, y ésto ha acarreado no pocos conflictos en las asambleas, malestar en la militancia y abandonos.

Estas situaciones han trascendido de la organización y han incidido negativamente también en los resultados electorales.

Un ejemplo:

La decisión de formar parte de la Comision Gestora de Ondarroa sin ni siquiera hablar con la asamblea local, donde todos los electos del PNV , EA, EBB-Aralar se oponían a recoger las credenciales al haber obtenido la mayoria absoluta la ilegalizada ANV, solo se puede interpretar como un gesto del “deseo” de acompañar al PNV en la Comisión Gestora, en su soledad.

Esta decisión vertical, no sólo no nos ha aportado nada, sino que nos ha perjudicado. Ondarroa ha sido la localidad donde EBB, ha padecido el porcentaje más alto de pérdida de voto.

Ha sido un lastre para esta organización la asignación de cargos y responsabilidades, se ha valorado más la fidelidad que la militancia, formación, capacidad y entrega.

Fortalecer lo interno es una condición inaplazable para relanzar esta organización al exterior. Tras la debacle electoral es necesario comportarnos como una organización que reflexiona, hace autocrítica, corrige errores del pasado y se presenta ante la sociedad con una nueva imagen, con una nueva dirección.

El nuevo coordinador debe aparecer ante el electorado con un equipo renovado, con militantes que le arropen e impulsen el nuevo reto que se nos presenta, sin trabas en el camino que entorpezcan llevar a buen puerto el proyecto emprendido.

No aprender del pasado, no corregir los errores y no tener una dirección unida y fuerte nos puede conducir no sólo a otro desastre electoral en las próximas elecciones sino a la desaparición de EBB.

Mutriku 13-02-10

3/12/09

Sucran eta ni konto kontari. 1

Respuesta a la pregunta del taller de los historiadores de Ondarroa:

¿COMO VIVISTE LA CONDENA A MUERTE DE ANDONI ARRIZABALAGA?

Como testigo excepcional, me encontraba encausado en el mismo sumario junto a tres compañeros más, Andoni Bedialauneta, Jesús Mª Aramaio y José Ignacio Uribe, y condenado en el mismo juicio a 25 años de prisión mayor.

Cuarenta cortos y largos años han transcurrido desde entonces. Muchos recuerdos están constantemente presentes, otros tirando del ovillo de las vivencias los recuperas y algunos se pierden bien por su poca significación o porque el subconsciente no te quiere abrir las puertas para recordar todo tal y como sucedió.

La petición de pena de muerte para Andoni Arrizabalaga y la de 25 años para Andoni Bedialanueta y para mí, junto a la absolución de Aremaio y Uribe, las recibí, en la Prisión Central de Burgos –el llamado penal de Burgos- donde me encontraba con los compañeros detenidos en Artekalle, Bilbao y en Mondrovejo, Cantabria, todos eran liberados y miembros de la dirección de ETA, la mayoría posteriormente fueron juzgados en el popular “proceso de Burgos”, con incredulidad, preocupación y cierto “acojono”. Me resultaba difícil de asimilar. Nada más hacerme la pregunta que encabeza este escrito, recuerdo aquel instante; nada mas recibir la noticia, dirigí la mirada al resto de los compañeros, en mi fuero interno pensé: “ si a Andoni le piden la pena de muerte por entregarnos una pequeña bomba, la cual solamente rompió los cristales de una fachada, sin causar ninguna víctima, ni herido, ¿qué va a suceder con el resto de compañeros, que tenían entre otras acusaciones las de colocación de varias bombas y que decidieron ejecutar al policía Manzanas? –jefe de la brigada político-social de Gipuzkoa, popularmente conocido por el ensañamiento con los detenidos, torturador donde los haya; padecieron sus torturas republicanos, sindicalistas, estudiantes, militantes del PNV, EPK-PCE, PSE, EGI, CNT, ETA… Todo aquel que no respetaba el orden de la dictadura franquista, una vez detenido, se las tenía que ver con él. Son muchos los testimonios que existen de sus métodos para arrancar confesiones. Su ejecución fue celebrada por todo el espectro político antifranquista, cuentan que el champán corrió en muchas casas y círculos antifascistas, la situación política era evidentemente distinta a la actual. Después de esa acción, volvieron a poner en vigor el decreto sobre bandidaje y terrorismo que restablecía la jurisdicción militar sobre delitos políticos y laborales-

La mayoría de los compañeros con los que me encontraba en el Penal de Burgos tenían los días contados pensaba, todos tenían acusaciones mucho más graves que Andoni. La desproporción entre la acusación y la pena solicitada para él era de tal calibre que aún hoy pienso que para dar una explicación a ésto, sólo puede hacerse desde la lógica dictatorial fascista; dictaduras como la de Pinochet en Chile, Videla en Argentina con miles de torturados, asesinados y desaparecidos me ayudan a entender que lo que hacían los militares en Burgos, la represión dura y pura era el pilar que sostenía el régimen dictatorial de Franco.

Con la petición de la pena de muerte para Andoni, se iniciaba en Burgos, entre nosotros, un período de análisis -sobre el presente y las consecuencias futuras- para afrontar los juicios sumarísimos ya que con toda seguridad conllevarían la imposición de las máximas penas. Las razones de encontrarnos en Burgos eran las duras acusaciones que pesaban sobre la mayoría de nosotros y que era el lugar en el que se encontraba la Capitanía de la VIª Región Militar dónde se nos iba a juzgar aplicándonos la ley de Rebelión Militar, Bandidaje y Terrorismo. Los militares fascistas que derrocaron la República e impusieron un Régimen dictatorial, ansiaban desenfundar sus sables manchados con sangre republicana, para cubrirlos con la sangre de jóvenes vascos que se revelaron contra la dictadura militar.

En el análisis que hacíamos vimos dos posibilidades: la de ir a un juicio sin garantías y por medio de una defensa bien llevada rebajar las peticiones, y procurar que las penas que nos impusieran fueran mas leves. Otra era la de enfrentarnos en los tribunales con nuestro mayor enemigo, los militares, que con su poder garantizaban un régimen sin libertades contra el cuál nos organizamos y luchabamos; no podíamos someternos a unos tribunales excepcionales que pretendían acabar con la resistencia que habíamos organizado, con todo su poder, la represión, no nos iba a doblegar. Tras largos debates decidimos que ante las peticiones de más de doce años de cárcel politizaríamos el juicio, -llegamos a la conclusión de que era igual ser condenado a doce años que a cadena perpetua, los días de la dictadura estaban contados, el relevo de la monarquía para tener la mínima credibilidad, no podía hacerse con las cárceles llenas de presos políticos-, no reconociendo al tribunal y si la ocasión lo permitía denunciar la falta de libertades y la represión a la que estaba sometido nuestro pueblo.

Fuimos los primeros en plantar cara a un tribunal militar, en particular Andoni con una petición de pena de muerte; decidimos hacer un juicio político, la petición de nuestras penas eran grandes y en el caso de Andoni incomprensible en relación a la acusación por muy “burros” que considerábamos a la los militares.

Cuando nos notificaron las peticiones, Andoni se encontraba en Madrid, lo habían trasladado para ser juzgado por el Tribunal de Orden Público (TOP) y condenado a tres años de Prisión Menor y multa de 10.000pts. por un delito de Asociación licita. Un año de Prisión Menor e idéntica multa por el delito de Propaganda Ilegal; un año de Prisión Menor por hurto de vehículo a motor. Lo trajeron a Burgos unos pocos días antes de celebrarse el juicio, le esperábamos con ansiedad, nos preguntábamos en silencio cómo habría encajado él la petición de pena de muerte. Todos ansiábamos abrazarle, darle nuestro apoyo, animarle; por dentro, supongo que como él, en nuestro interior nos removía la pregunta: ¿serán capaces de matarlo?, en nuestros rostros debía de reflejarse esta preocupación, Andoni lo intuyó nada más entrar en la galería porque al vernos empezó a gesticular, a darnos ánimos. Su fortaleza se sustentaba (tenia las cosas claras) en la convicción de que iba a plantar cara al tribunal militar que, con sus uniformes de gala, con sus medallas en el pecho impregnadas con la vida de un millón de muertos veintinueve años atrás, no le iban a doblegar. Su actitud fue reconfortante para todos nosotros, nos fortaleció..

Nos íbamos a enfrentar con la jerarquía militar del ejército, con el tribunal que tantas condenas de muerte dictó en la guerra civil y en la posguerra. Diariamente lo teníamos presente: el patio que nos asignaron era el tristemente conocido “patio de las acacias” dónde se ejecutaban las condenas dictadas por el tribunal militar, en el “paredón” eran visibles los remiendos del albañil tratando de ocultar los impactos de las balas.

Los días que transcurrieron hasta el día del juicio, el 27 de octubre de 1969, fueron intensos, entrevista con los abogados, noticias del exterior, distintos estamentos nacionales y extranjeros solicitando el indulto, etc. Los familiares en las visitas nos informaban del clima que se estaba gestando: previsión de movilizaciones en Euskadi, en España, en el extranjero. Nuestros abogados estaban preocupados por nuestra decisión de hacer un juicio político, esaria para modificar la sentencia. Los abogados, Bandres y Etxebarrieta sólo nos pidieron una cosa, que hiciéramos mención expresa en castellano a nuestra renuncia a la defensa, con la finalidad de que si nos expulsaban de la sala, no les conminaran a defendernos sin nuestra presencia.

En medio de un despliegue de guardias civiles, soldados del ejército y del cuerpo especial de boinas verdes apostado en lugares estratégicos, edificios y tejados, nos condujeron a Capitanía General para ser juzgados.

No guardo el recuerdo de pequeños detalles, tenía la tensión la tope. Había llegado el momento de saber a qué estaban dispuestos aquellos militares enfundados en sus uniformes de gala, sable en ristre y bigote retocado. Nos colocaron frente al tribunal, tuvimos que aguantar una retahíla en el discurso rancio del fiscal Granada Mezquita: “…a estos yo les llevaba a una isla desierta, donde no crece la hierba y los dejaba allí…”, parecía que deseaba matarnos lejos de toda mirada que les reprochara que representaban a un ejército que había terminado con las libertades e instaurado un régimen dictatorial fascista, querían juzgarnos sin explicar sentencias que no guardaban proporción con la acusación de los hechos, quería hacerlo sin que se oyera el ruido de los fusiles, sin la solidaridad interna y externa que recibíamos, sin la denuncia a la dictadura a la que servían y sin el clamor de las movilizaciones que se extendían por las libertades, es lo que este fiscal quería que se hiciera con nosotros.

Al primero que el tribunal pretendió interrogar fue a Andoni, que se puso de pie y tal y como estaba acordado dijo que renunciaba a ser defendido por su abogado, acto seguido se expresó en euskera: tribunal hau ez dut on hartzen, ni bakarrik herriak juzgatuko nau. Percibimos cómo los componentes de la mesa del tribunal recibían un duro ataque, jamás en su dilatada carrera fueron ofendidos de tal manera. El revuelo en la sala fue indescriptible, el tribunal se descompuso, estuvieron unos instantes sin saber qué hacer, uno de ellos cogió el sable que tenía encima de la mesa e hizo ademán de desvainarlo, por un momento pensé que bajaban del estrado y “se liaban a sablazos” con nosotros. Ordenaron que sacaran de la sala a Andoni. Acto seguido, restablecido el orden, citaron mi nombre, apenas me dejaron hablar, nada más oír que lo hacía en euskera: juicio hau antzerki bat da, me sacaron en volandas, mientras me llevaban, reconocí entre el público a amigos que se habían desplazado desde Ondarroa. De vuelta en la cárcel, tuve la sensación de haber librado una batalla y haberla ganado.

La vida de Andoni corría peligro, al día siguiente se nos comunicó la sentencia, no debatieron mucho, sin acusados en la sala, sin abogados, los militares lo cocinaron y ellos se sirvieron, debían de responder a la ofensa recibida como alimañas ansiosas de venganza y sedientas de sangre. La petición no se alteró: condenaban a Andoni a la pena capital y a Andoni Bedialanueta a y a mí, a 25 años de prisión mayor.

Teníamos plena conciencia de que podía suceder lo peor, las manifestaciones y la presión internacional seguían intentando parar el proyecto de aquel horrendo crimen. Setenta y dos horas eran las que tenía el Caudillo Franco para firmar la condena o conmutarla. Durante tres interminables días Andoni fue aislado, separado de nosotros, sus compañeros, en las pocas ocasiones que le veíamos tratábamos de animarle y darle todo nuestro calor, expresarle lo mucho que le queríamos y hacerle ver que saldría de aquella. Su actitud seguía siendo firme, su resistencia inquebrantable, nos transmitía él la fuerza que necesitábamos, en ocasiones parecía que éramos nosotros los que nos encontrábamos en capilla y no él.

La acusación de Rebelión Militar que nos querían aplicar junto a la de Bandidaje y Terrorismo nos fue retirada. Esto unido a todas las movilizaciones que se produjeron, fueron las causas de que el “enano” Franco conmutara la pena de muerte de Andoni por la de cadena perpetua.

En esta ocasión los sables ansiosos de sangre, tuvieron que ser envainados; el águila imperial, enseña de la bandera que conquistó la dictadura, seguía revoloteando sobre las cabezas de los compañeros en el Penal de Burgos que esperaban con acusaciones mucho más graves, peticiones aun mayores; volverían a intentarlo para saciar su sed, pero en aquel mes de octubre de 1969 el albañil preso en el Penal de Burgos no tuvo que remendar y ocultar los desperfectos del paredón.

Ondarroa 13-11-09
Iñaki Garcia Arambarri

26/10/09

EL CUARTO PODER

Realmente no se si es el cuarto poder, el segundo o el primero, lo que es seguro es que quien posee los medios de comunicación, posee el poder y lo ejerce con distintos fines, Berlusconi en Italia para gobernar y seguir enriqueciéndose ante el bochorno de los ciudadanos de todo el planeta, los armadores en Bermeo lo usan para manipular a la opinión pública, con el incondicional apoyo del PNV y los monaguillos de la política que le siguen con el propósito de obtener pingües beneficios electorales.
Todos al unísono se llenan la boca de alabanzas, elevando a los altares a “nuestros” arrantzales: armadores, mandos, cargos de la embarcación y marineros, todos juntos; nadie distingue estos días la jerarquía laboral dentro del mundo de la pesca, como tampoco distinguen a los sacrificados hombres de la mar anteriores a 1970, éstos sin tecnología, en embarcaciones que carecían de las comodidades actuales, con “partillas” –sueldos- que solo alcanzaban para vivir con dignidad, recayendo la responsabilidad de la familia exclusivamente en sus esposas, sus hijos con 14 años o menos se enrolaban para aportar económicamente a la familia. Su actividad pesquera era sostenible.
Como tantos sectores, también el mundo de la mar ha cambiado, embarcaciones con tecnología punta, con artes de pesca no sostenibles, en ocasiones ilegales, esquilmando muchas especies, anchoa, besugo, bacalao, etc., con la división de armadores, mandos y marineros. Nuestros arrantzales de hoy no tienen que ver nada con los memorables arrantzales anteriores.
En ningún medio he leído-oído hablar de los arrantzales africanos que también tienen padres, esposas e hijos y también están secuestrados. El color de la piel les debe hacer diferentes, ésta debe ser la razón para que los armadores, no los arrantzales les pagen tan sólo 300 euros al mes.
Hace unos días en el bar donde tomo el desayuno, se entabló un debate sobre los piratas y el desestructurado país de Somalia: sus costas contaminadas, su pesca sisada y la pobreza imperante. Una mujer comentaba que el salario de 300 euros era mucho dinero para ellos, otra asentía: en otros países, por un euro un operario trabajaba catorce horas seguidas al día, a la mayoría de los presentes les parecía bien que estuvieran embarcados durante varios meses seguidos en los mares de Somalia en un atunero vasco, a cambio de 300 euros al mes. En la tertulia mañanera quien oía, no sin asombro todas aquellas manifestaciones optó por hablar y expuso su punto de vista que poco tenía que ver con lo que hasta entonces se había expuesto, vino a decir que qué les parecería si los vascos que tras la guerra civil se fueron a América a “hacer las américas” se les hubiese pagado el sueldo de aquí o a los cientos de miles que en los años sesenta emigraron a Alemania huyendo de la pobreza se les pagase el sueldo de aquella época de España y no en marcos como cobraban, todas como si se hubiesen puesto de acuerdo afirmaron que no se les tenía que pagar con los salarios de aquí si no con el de los países a los que emigraban, en evidente contradicción cayeron y con la boca pequeña y la voz tenue sentenciaron que estaba mal pagar esa irrisoria cantidad a los arrantzales africanos embarcados en los atuneros vascos.
Hay muchas preguntas en el aire, ¿los guardas armados en los atuneros no acarrearán una escalada armamentística entre los piratas y los atuneros?, si las armas se usan para defenderse o para atacar, ¿quién decide disparar, quien asume la responsabilidad?, ¿a quién disparan y por qué?, las pruebas a cientos o miles de metros de profundidad. ¿Existe algún control sobre los atuneros que demuestra que respetan las aguas jurisdiccionales somalíes?, ¿dónde han estado pescando hasta fechas recientes, cuántos atuneros tienen bandera en paraísos fiscales, a cuánto asciende la cuantía de las ayudas con dinero público al “plan renove” de los atuneros con sede social en Bermeo?, ¿es cierto que muchos de los atuneros del “plan renove” para desguace, no han pasado por el soplete y trabajan en el Índico con bandera de un país con paraíso fiscal?, ¿cuántos atuneros cuyos propietarios son vascos, saldan sus cuentas con la hacienda vasca?, ¿cuál es la razón de que en los medios no aparezcan ciudadanos somalíes dando su opinión de lo que acontece?, ¿es cierto que los piratas han exigido que no pesquen en sus aguas, que no expolien su costas?.
En estos momentos para no interferir en las conversaciones y negociaciones para la pronta liberación de la tripulación del “Alakrana”, las cuestiones arriba señaladas son mejor dejarlas para más adelante y crucemos los dedos para que la intervención de la armada española en la liberación de los rehenes se haga sin causar ninguna víctima.
Volviendo al cuarto poder es del todo gráfico lo que un minero asturiano en la revolución del 33 respondía a un periodista francés, (recogido de diario Público 24-10-09):“… usted sabe de sobra que los pueblos no piensan por sí mismos que no escuchan sino a quienes tienen los medios de hacerse oír, a los que tienen los medios de hacerse pasar por valores verdaderos, las verdades de pacotilla de los charlatanes que controlan la opinión gracias a su dinero”.

Mutriku 24-10-09
Iñaki Garcia Arambarri.

4/10/09

Satisfacción de los comerciantes por la aceptación del tren txu-txu y la feria de stock




Durante el verano se han vendido más de 26.000 tiquets del tren

Hace unos días tuvo lugar en el Ayuntamiento una reunión para hacer balance de los dos eventos organizados este verano por el comercio local con la colaboración de la comisión de Comercio del Ayuntamiento, el tren txu-txu y la feria de stock.

La puesta en marcha del tren txu-txu ha sido todo un éxito. «Las muchas felicitaciones recibidas por parte de los usuarios es el mejor balance que podemos hacer», manifiesta el concejal de Comercio Iñaki Garcia Arambarri. « Ha desbordado todas las perspectivas; ha pasado de ser un vehículo turístico a un medio de transporte. Madres que encantadas por la celeridad de llegar a la playa con los hijos y la vuelta a casa, personas mayores a las que se les ha acercado a la playa en un medio alegre, rápido, barato y sin esfuerzo. Ha sido tractor para la hostelería; hemos detectado que los usuarios del camping se han acercado con mayor asiduidad al centro y en los bares se ha notado la afluencia».
En datos, se han vendido un tototal de 26.884 tiquets para el tren txu-txu, con unos ingresos de 6.607 euros, siendo utilizado por 13.431 usuarios, con la venta asimismo de 217 abonos.
El costo del tren ha supuesto algo más de 24.000 euros que se sufragarán con los 15.000 euros asignados a la comisión de Comercio en los presupuestos de 2009, más la venta de los ticket. El déficit resultante de 2.393 euros, «esperamos cubrir con la publicidad que llevó el tren de la fiesta del besugo».
La buena acogida de los usuarios del tren txu-txu ha sido recibida por los comerciantes con satisfacción y manifiestan que el año que viene volverán a reeditar la puesta del tren txu-txu todo el mes de julio y agosto.

La feria de stock

Por otra parte, por primera vez el comercio de Orio salió a la calle con la feria de stock donde participaron 16 comercios, con variedad de artículos: ropa, ferretería, artesanía, fotografía, electricidad... Para la animación de la feria se colocaron hinchables con un taller de pintura para los niños y animación callejera; también amenizaron la feria un puesto de talo con chorizo, otro de pan, helados, junto con pequeño bar con pintxos.
Los comerciantes expresaron su satisfacción. Las ventas el sábado colmaron las expectativas, aunque el domingo las ventas fueron inferiores. Se analizaron las causas: si favorecieron las regatas o no; si la degustación del pintxo de bonito alejado de la feria tuvo alguna incidencia, la coincidencia de la feria de stock de Zarautz, etc. Se presentaron propuestas para mejorar el año que viene: sonido, ubicación de los hinchables, WC., más animación el domingo, seguridad nocturna, etc.

publicado en Diario Vasco. Urola Costa. 04-10-09